La potestad de investigación del Poder Legislativo

 

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Detalles Bibliográficos
Autor: Batalla, Elvira
Formato: artículo original
Estado:Versión publicada
Fecha de Publicación:2014
Descripción:Con motivo de la solicitud formulada al Departamento de Servicios Técnicos por el señor Presidente de la Comisión Especial Investigadora que nombró la Asamblea Legislativa para conocer del asunto referente al yate "El Tortero”, procedimos a realizar e1 estudio correspondiente. Concretamente la Petición al Departamento, por parte del Diputado Gerardo Bolaños, Presidente de la citada Comisión, fue dirigida para que se esclareciera si la participación de la Asamblea en el conocimiento de un asunto que había trascendido al ámbito de la opinión pública al informarlo la prensa y otros medios de comunicación colectiva -y de especial interés por la manifestación que en uno de los diarios nacionales hizo la Corte en su oportunidad- constituía un acto lesivo a1 principio que consagra la división de Poderes, como lo afirmó la Corte Suprema de Justicia en el documento que envió a1 Poder Legislativo, con fecha 8 de noviembre de 1978.Luego del análisis pertinente concluimos que el estudio debía dirigirse en última instancia a la determinación de la potestad fiscalizadora de la actividad pública que, conforme a la Constitución, corresponde al órgano legislativo, aún cuando resultara indispensable entrar en consideraciones sobre e1significado que en nuestro sistema constitucional, tiene e1 Principio de la separación de Poderes.La división de Poderes, tiene en el plano constitucional costarricense, el sentido dado por Montesquieu, sea de medio para la Protección de ciertos valores establecidos en diversos preceptos de la Constitución y, que entendido en esta forma no afecta la organización técnico-jurídica de los órganos del Estado. En nuestro caso, las disposiciones correspondientes para asegurar tal principio fueron dictadas en un período de especial desconfianza al Poder Ejecutivo y de gran reconocimiento al prestigio del Poder Judicial. Como tal era la atmósfera que prevalecía, en el ánimo de los constituyentes hizo eco, al discutirse la conveniencia de incorporar en el texto constitucional e1 veto judicial -institución que se consideró como una intromisión del Poder Judicial en la función por excelencia del Poder Legislativo- que la inclusión era pertinente, precisamente porque la llamada "serenidad del Poder Judicial" se había operado al reducírsele al cumplimiento de sus típicas funciones y, como se señaló, “éste no debe inmiscuirse en otros asuntos que no son los suyos. Es un Poder llamado tan sólo a aplicar las leyes"
País:Portal de Revistas UCR
Institución:Universidad de Costa Rica
Repositorio:Portal de Revistas UCR
Lenguaje:Español
OAI Identifier:oai:portal.ucr.ac.cr:article/15541
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/15541
Access Level:acceso abierto