Los convenios en la quiebra
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|---|---|
| Format: | artículo original |
| Status: | Versión publicada |
| Publication Date: | 2014 |
| Description: | Todos los ordenamientos jurídicos positivos, aunque con variantes entre ellos, admiten diferentes modos de acabar la quiebra. Al igual que en la ejecucuión singular, en la quiebra, -proceso de ejecución colectivo y universal por afectar al patrimonio entero del deudor y a todos sus acreedores- se acepta la posibilidad de que finalice de diversas maneras.La quiebra puede concluir normal o anormalmente. Hay autores que no hacen tal diferencia (Bonelli, Satta, Provinciali), pero hay otros que se refieren claramente al punto, Navarrini entre ellos. Distingue Navarrini entre “clausura de la quiebra” y “cesación de la quiebra”, atendiendo precisamente a la normalidad o anormalidad en el acabamiento de la misma como proceso de ejecución. Finaliza normalmente cuando el procedimiento que le sirve de desarrollo se agota plenamente, produzca o no efectos definitivos. |
| Country: | Portal de Revistas UCR |
| Institution: | Universidad de Costa Rica |
| Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
| Language: | Español |
| OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/16989 |
| Online Access: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16989 |