La comunidad de bienes
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Formato: | artículo original |
Estado: | Versión publicada |
Fecha de Publicación: | 2014 |
Descripción: | Sabemos que entre las características del dominio o derecho de propiedad, se incluye la de ser “exclusivo”. El poder que emana del derecho subjetivo que configurara el dominio, con sus caracteres de absoluto y perpetuo con que fue originalmente concebido, y que según hemos explicado, en virtud de las nuevas concepciones sociales que imperan en todos los campos en que el quehacer humano se manifiesta, tiende a sufrir notorias transformaciones, no fui instituido para ser gozado o disfrutado únicamente por un titular “unipersonal” del derecho, ya que a través de situaciones tales como las derivadas del derecho sucesorio o del convenio, fue posible la existencia del derecho, continuaban gozando en conjunto y frente a los demás, de la facultad de “exclusividad” inherente al dominio. Podríamos hablar en estos casos de una especie de “exclusividad compartida” y con ello poner de manifiesto otra característica del derecho de propiedad. |
País: | Portal de Revistas UCR |
Institución: | Universidad de Costa Rica |
Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
Lenguaje: | Español |
OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/16698 |
Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16698 |