Doble conformidad y seguridad jurídica: alcances de las reformas (y desreformas) del artículo 466 bis del código procesal penal en la fase de impugnaciones del proceso penal costarricense
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Formato: | artículo original |
Estado: | Versión publicada |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Descripción: | La seguridad jurídica dentro del proceso penal constituye una limitante al ejercicio del derecho de castigo del Estado. Así es como se establecen principios como la garantía del doble conforme (artículo 466 bis del Código Procesal Penal), conceptualizada como una prohibición de recurrir una sentencia que haya reiterado una absolutoria en favor del imputado, que implican un freno a la persecución que se ha mantenido en contra del justiciable. La restitución de dicho principio por parte de la Sala Constitucional en 2014 permitió un importante avance en el desarrollo normativo de la seguridad jurídica en beneficio del imputado. Sin embargo, una posterior adición y aclaración de la misma Sala privó al artículo 466 bis de toda eficacia práctica. Esta situación hace necesaria una reforma legal de la norma, que restituya, sin espacio alguno para interpretaciones restrictivas, el principio de doble conformidad al ordenamiento jurídico costarricense. |
País: | Portal de Revistas UCR |
Institución: | Universidad de Costa Rica |
Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
Lenguaje: | Español |
OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/33904 |
Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/RDMCP/article/view/33904 |
Palabra clave: | Derecho procesal penal medios de impugnación recurso casación sentencia penal imputado seguridad jurídica doble conformidad. |