El examen de la prueba de casación
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Formato: | artículo original |
Estado: | Versión publicada |
Fecha de Publicación: | 2014 |
Descripción: | ¿Le es dable a la Sala de Casación, guiada por un celo de justicia, examinar todo el material probatorio de un juicio -como decía Calamendrei-, "para restablecer, de ese modo, la verdad de la relación sustancial"?Nuestra Corte de Casación ha dicho siempre que no; por ejemplo, en sentencia de las 1 O horas del 20 de agosto de 1947 dijo que a ese tribunal le estaba "vedado escudriñar de oficio el acervo probatorio"; pero muchas veces lo ha hecho, hasta dejando, en algunas ocasiones, constancia expresa de ello en la propia sentencia. |
País: | Portal de Revistas UCR |
Institución: | Universidad de Costa Rica |
Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
Lenguaje: | Español |
OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/17104 |
Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17104 |