Constitución Política, Estado de Derecho y convenciones colectivas
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| Автор: | |
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| Формат: | artículo original |
| Статус: | Versión publicada |
| Дата публикации: | 2014 |
| Описание: | La tesis del poder ejecutivo como del poder judicial es que en la administración pública los funcionarios regidospor el derecho administrativo (relación estaturaria), no pueden gozar de los beneficios de las llamadas convenciones o negociaciones colectivas de trabajo. Sólo aquellos trabajadores del Estado, regidos por el derecho laboral común, pueden disfrutar de esas convenciones.la posición del autor de este ensayo es que la carta Magna, en su artículo 62, permite esas convenciones colectivas para todos los trabajores, no importando quién sea su empleador o patrono ni tampoco cuél sea el regimen jurídico-laboral que los regula. |
| Страна: | Portal de Revistas UCR |
| Институт: | Universidad de Costa Rica |
| Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
| Язык: | Español |
| OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/14147 |
| Online-ссылка: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/14147 |
| Ключевое слово: | administración pública estado derecho administrativo |