Observaciones sobre el delito de violación
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Formato: | artículo original |
Estado: | Versión publicada |
Fecha de Publicación: | 2014 |
Descripción: | Desde tiempos inmemoriales fue castigada la violación. La ley mosaica castigó severamente la violación y la homosexualidad (este hecho entra, en algunos supuestos, en nuestro concepto de violación).Las formas más graves de violación y de homosexualidad tuvieron en la ley mosaica la pena de muerte (por lapidación) como consecuencia. En roma, fue castigado el uso de la violencia contra persona de cualquier sexo para obligarla a soportar el acto sexual por la “lex Julia” de 2vi publica” y de “vi privata”. Tal hecho configuraba el “crimen vis”. Varios pasajeros del Digesto y del Código Teodoseano se refieren a la violación. Esencialmente, la violación fue un delito de acción pública, castigada en los casos más graves con la pena capital. |
País: | Portal de Revistas UCR |
Institución: | Universidad de Costa Rica |
Repositorio: | Portal de Revistas UCR |
Lenguaje: | Español |
OAI Identifier: | oai:portal.ucr.ac.cr:article/16525 |
Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16525 |